Precio por persona.

Desde

$999.00USD

Habitación DBL

949

*Consulta Términos y Condiciones.

Israel y Estambul

Viaje Mega a Israel y Estambul

ID TOUR

EXPERIENCIA

Grupal

COVID

Con Restricciones

Esta experiencia incluye

Vuelo Redondo

10 Ciudades

4 Alojamientos

Resumen del viaje

Salidas

Octubre: 31
Noviembre: 07, 14, 21, 28
Diciembre: 05, 16

Salidas para el año 2023:
Enero: 001, 13
Febrero: 10

Recorrido

VISITANDO: ESTAMBUL, TEL AVIV, RÍO JORDÁN, MAR DE GALILEA, NAZARETH, JERUSALÉN, CIUDAD NUEVA, CIUDAD ANTIGUA, BELÉN.

Incluye

Boleto de avión en viaje redondo México – Estambul – México, en clase turista.
04 noches de alojamiento en Estambul con desayunos.
02 noches de alojamiento en Galilea con desayuno y cena.
04 noches de alojamiento en Jerusalén con desayunos.
02 noches de alojamiento en Tel Aviv con desayunos.
Régimen alimenticio indicado en itinerario.
Traslados indicados.
Visitas indicadas.
Guías de habla hispana.
Autocar con aire acondicionado.

No Incluye

Gastos personales y extras en los hoteles.
Bebidas.
Propinas por día por persona en Israel: 05 USD a guías y 03 USD a choferes.(se paga directamente en destino)
Ningún servicio no especificado como incluido o especificado como opcional.
Paseo en barco Galilea obligatorio pago en destino: 10 USD por persona.
Fee de cámaras en los monumentos.
Visa de Turquía.
Impuesto de salida en Israel: 35 USD aprox. por persona (sujeto a cambio en destino).
Impuestos aéreos por persona

Días

15

Noches

12

Aerolinea

TK

Recorrido en imágenes

Legal

PUBLICACIÓN DE PRECIOS EN MONEDA EXTRANJERA Cuando se trate de excursiones, servicios o paquetes de viaje que tengan destino en el extranjero, dada su naturaleza por ser servicios que se harán uso, goce o disfrute de ellos fuera de México, las publicaciones, los precios de las cotizaciones, confirmaciones, precios totales se presentarán en moneda extranjera, haciendo mención de que el precio de venta será el resultado de la conversión de la moneda extranjera a moneda nacional y podrán ser pagados en Pesos MXN (Moneda Nacional) al tipo de cambio que rija en el lugar y fecha en que se haga el pago único o bien en cada una de las fechas en que se realicen pagos parciales. Este tipo de cambio se determinará conforme a las disposiciones que para esos efectos expida el Banco de México en los términos de su Ley Orgánica y conforme a lo dispuesto en el Artículo 8º de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos referente a las obligaciones de pago en moneda extranjera contraídas dentro o fuera de la República para ser cumplidas en esta, que se solventarán entregando el equivalente en moneda nacional, sirviendo para todos los efectos consiguientes de anticipos, liquidación, incluso reembolsos, bonificaciones, compensaciones, penalizaciones o cancelaciones. Del mismo modo, las obligaciones de pago en moneda extranjera contraídas dentro de la República Mexicana para ser cumplidas en esta se deben solventar en Moneda Nacional al tipo de cambio que rija al momento de efectuarse el pago, o en la moneda extranjera a elección de ambas partes, lo anterior con fundamento en los apartados 5.1.3 y 6.2.4 de la Norma Oficial Mexicana NOM-010-TUR-2001. Toda la información referente a las formas de contratación, uso y manejo de precios en moneda extranjera, forman parte de nuestro contrato de adhesión en términos y aplicación de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y a la Norma Oficial Mexicana NOM-010-TUR-2001. Dicho contrato de adhesión forma parte integral de toda cotización y en general de las documentales de viaje que reciben los usuarios-turistas.

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